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Art. 36.3 · Art. 39.7 LIS  ·  tumecenas.art

TuMecenas

Plataforma de mecenazgo cultural para empresas. Deducción fiscal del 120% en el Impuesto sobre Sociedades mediante financiación de proyectos de cine, teatro y música. Art. 39.7 LIS.

Financia cultura y obtén una deducción del 120% de tu aportación en el Impuesto sobre Sociedades. La aportación óptima es el 40% de tu base IS — el ahorro neto equivale al 8% de la misma. Art. 39.7 LIS.

120%
Deducción transferida
500k€
Máximo anual
+20%
ROI sobre aportación
0€
Fee si no cerramos
¿Quién eres?

Una plataforma, dos protagonistas

TuMecenas conecta de forma segura y 100% compliant proyectos culturales certificables (cine, series, teatro, música) con empresas que buscan optimizar su IS.

Mecenas — Empresa / Autónomo

Cualquier sociedad que tribute en IS con cuota positiva puede financiar cultura y obtener una deducción equivalente al 120% de su aportación en el IS.

  • Deducción del 120% de tu aportación (art. 39.7 LIS)
  • ROI fiscal neto del 20% sobre la inversión
  • Sin riesgo de negocio ni participación en taquilla
  • Certificado ICAA/INAEM + comunicación AEAT incluidos
  • El productor garantiza e indemniza ante revisión AEAT
  • Deducción pendiente trasladable hasta 10 ejercicios
Herramienta fiscal

¿Cuánto puedes ahorrar en el IS?

Introduce la base imponible de tu Impuesto sobre Sociedades y calcula tu ahorro fiscal vía mecenazgo cultural (art. 39.7 LIS).

200.000 €
50.000 €2.000.000 €
💡 Consulta tu Modelo 200 o la estimación de tu asesor. El ahorro es proporcional a tu base imponible.
¿Cómo funciona?
1
Aportación al productor cultural
Destinas el 40% de tu base IS a financiar un proyecto cultural certificado (cine, teatro, música). Ese dinero va directamente al productor.
Aportación = Base IS × 40%
2
Deducción en el IS (art. 39.7 LIS)
A cambio, la ley te permite deducir el 120% de tu aportación directamente de tu cuota IS. Tu ahorro neto es el 20% de lo aportado.
Ahorro neto = Aportación × 20% = Base IS × 8%
3
Sin beneficio este año, sin problema
Si la cuota IS es insuficiente para absorber toda la deducción, el remanente se traslada automáticamente hasta 10 ejercicios futuros. El ahorro nunca se pierde.
Deducción pendiente → aplicable en los próximos 10 años
Tu ahorro estimado — Art. 39.7 LIS
Beneficio fiscal garantizado
Base imponible IS200.000 €
Aportación recomendada (40%)i
Importe óptimo a destinar al productor cultural para maximizar la deducción.
80.000 €
Deducción generada (120%)i
Art. 39.7 LIS: puedes deducir el 120% de tu aportación de la cuota IS.
96.000 €
Ahorro neto sobre base IS8,0%
+16.000 € Ahorro fiscal neto en IS ROI +20% sobre la aportación · art. 39.7 LIS
Circuito completo

El proceso completo, paso a paso

Protocolo estandarizado, trazable y auditable. La deducción no absorbida en el ejercicio se traslada automáticamente hasta los 10 ejercicios siguientes — nunca se pierde.

01
Auditoría y validación del proyecto cultural
Revisamos el presupuesto desglosado, el plan de producción y la memoria cultural. Verificamos la elegibilidad del proyecto y la viabilidad de la certificación ICAA/INAEM antes de presentarlo a ningún mecenas.
Presupuesto auditadoElegibilidad ICAA/INAEMMemoria cultural
⏱ 48-72h
02
Selección del proyecto y acuerdo
El mecenas accede a los proyectos validados y selecciona el que mejor encaja con sus objetivos de RSC. Presentamos los detalles del proyecto y resolvemos cualquier duda fiscal o jurídica.
MecenasProyectos validadosAsesoramiento fiscal
⏱ 1-7 días
03
Firma Contrato 39.7 LIS
Redactamos y formalizamos el contrato (identidad, presupuesto desglosado, importe, cláusula devolución si no certificados, garantía e indemnización AEAT). Firmado digitalmente.
ArtistaMecenasFirma digitalRevisado legalmente
⏱ 7-14 días desde match
04
Transferencia directa al productor
El mecenas transfiere el importe acordado directamente al productor cultural — no a través de ningún intermediario. El productor emite y firma el certificado de recepción del financiamiento. Justificante bancario conservado.
MecenasPago directo al productorCertificado de recepción
⏱ Máx. 48h tras firma
05
Comunicación a la AEAT
La empresa mecenas presenta ante Hacienda la comunicación fiscal junto con su certificado acreditativo (modelo GE041 para espectáculos / GE003 para cine). Sin este paso no hay deducción. Antes del 31 de diciembre del año de la aportación.
MecenasGE041 / GE003⚠ Antes 31/12
⏱ Mismo día
06
Certificados ICAA / INAEM
Gestionamos la obtención del certificado cultural. INAEM (SIA 202984) para espectáculos. ICAA + depósito Filmoteca para cine. Seguimiento hasta resolución.
ArtistaINAEM SIA 202984ICAA + Filmoteca
⏱ 30-90 días
07
Deducción en el Modelo 200
El mecenas aplica la deducción del 120% de su aportación en la declaración del IS (Modelo 200). Si la cuota IS no absorbe toda la deducción este ejercicio, el remanente se traslada automáticamente hasta los 10 ejercicios siguientes. Toda la documentación queda conservada.
MecenasModelo 200Julio año N+1
⏱ Abril-julio del año siguiente
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Cuéntanos tu situación fiscal y te explicamos cómo funciona el mecenazgo cultural aplicado a tu empresa.

Quiero ser mecenas cultural

ROI fiscal del 20% garantizado. Certificados ICAA/INAEM + comunicación AEAT incluidos. Sin riesgo de negocio.

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